Licencia

LuMaxArt_Gold_Guys_With_Creative_Commons_SymbolEste blog se rige bajo licencias Creative Commons del tipo Reconocimiento – NoComercial – CompartirIgual (by-nc-sa), por el cual no se permite un uso comercial de los contenidos expuestos en el blog ni de sus posibles obras derivadas. Además la distribución de las mismas se debe hacer bajo una licencia igual a la que regula la obra original.

La elección de licencias Copyleft como Creative Commons (y dentro de ellas la Licencia antes citada), se justifica porque queremos hacer más accesible nuestros contenidos y de una manera más libre y flexible que con un copyright, pero con una serie de condiciones mínimas puesto que no queremos que otros se lucren por nuestro trabajo pero sí que puedan usarlo para otros fines (educación, conocimiento, investigación…) y que surjan trabajos derivados de los originales aquí expuestos, pero eso sí (sin ningún tipo de compensación económica) y difundidos bajo esta misma licencia.

Desde Tierras Multimedia pensamos que las licencias Copyright son restos de un sistema anticuado muy restrictivo y que hoy en día con las nuevas tecnologías queda obsoleto. Por eso creemos en las licencias Creative Commons que otorgan también ciertos derechos al autor (como el de reconocimiento, que creemos es el más importante de todos) o el de no comercializar si no se quiere. Por así decirlo, las licencias Copyleft permiten más flexibilidad a la hora de elegir los derechos de la obra y más flexibilidad a la hora de acceder a ellos por parte de los usuarios (por lo que sus obligaciones hacia la obra no son tan restrictivas). Para aclara uno poco las dudas acerca de las creative commons adjuntamos un video explicativo:

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